La lucha de los pueblos originarios por ser considerados en la Asamblea (Estado-Nación) en igualdad de circunstancias es histórica, simplemente en Chiapas tenemos tres sublevaciones ocurridas dos en la época colonial y otra en los primeros años de la vida de Chiapas como estado, ya federalizado a la nación mexicana. La rebelión zoque se da en 1693 contra Nicolás de Trejo, de origen español, representante local -teniente o alguacil, en los términos de la época- del
alcalde mayor o gobernador de la provincia, capitán don Manuel Maisterra y Atocha. Las quejas en su contra, sin embargo, eran de poca importancia, comparadas con su contenida furia en contra de don Pablo Hernández, gobernador y máxima autoridad indígena del pueblo. Posteriormente en 1712 ocurre la rebelión tzetal y la tzotzil de 1869 o guerra de castas, ambos conflictos tuvieron un origen inicialmente religioso, en el primero se le aparece la Virgen a una joven india María López que luego se llamó María Candelaria y la segunda sublevación comenzó con la aparición de tres piedras de obsidiana en el paraje de Tzajalhemel, situado a un lado del camino que lleva a San Cristóbal de las Casas, que se convirtieron en ídolos para los indígenas. Agustina Gómez Checheb, fue la mujer indígena que las descubrió, siendo secundada por el fiscal chamula Pedro Díaz Cuscat, quien supuestamente le ayudaba a interpretar los mensajes divinos, por lo que fueron castigados por el cura chamula Miguel Martínez. Puede entenderse esta situación como una forma de dar movilidad y cohesión a una causa en común, que era la liberación del yugo colonial y en el segundo caso de la situación de opresión en que vivían, durante el periodo gubernamental de José Pantaleón Domínguez.
Transcurrirían 105 años para que se llevará a cabo en Chiapas un encuentro que levanto ámpula, el Primer Congreso Indígena, durante el gobierno del doctor Manjuel Velasco Suarez, cuyo lema era “Todo Chiapas es México” y Luis Echeverría Álvarez, gobernaba el país, en San Cristóbal de las Casas, se encomendó al Obispo de la Diócesis, don Samuel Ruiz, la organización de dicho evento, cita Jesús Morales Bermúdez: “Durante los años setenta, Chiapas experimentaba un momento de movilización social especialmente indígena y campesina, de gran fuerza política y social. La presencia de la Iglesia Católica progresista impulsada por el recién nombrado obispo de la diócesis de Chiapas tuvo un gran impacto en la organización y movilización social de los indígenas. La participación ‘secular’ de la Iglesia Católica en los procesos organizativos indígenas y en la naciente subjetividad agencial de éstos tiene un primer momento con resonancia regional y nacional con la organización del Primer Congreso Indígena de Chiapas Bartolomé de Las Casas de 1974. A pesar del gran papel que tuvo Samuel Ruiz en la organización del evento, las demandas ahí presentadas por los representantes de las cuatro etnias con más presencia en la zona de Los Altos de Chiapas y de la selva rebasaron cualquier intento de ‘apropiación intelectual’ del Congreso por parte de la Iglesia o del gobierno del Estado cuya participación fue mínima una vez comenzada la tarea de organización encomendada a Samuel Ruiz.
El 1 de enero de 1994, justo el día en que entró el vigor el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (tlcan), ocurre el levantamiento armado del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (ezln). La reacción del gobierno federal fue el envío de tropas a Chiapas para sofocar la rebelión, se llegó a manejar la cifra de 70 mil efectivos del Ejército Mexicano. La sociedad civil se movilizó para detener el enfrentamiento y a los 12 días de conflicto armado el gobierno federal declara de manera unilateral alto al fuego. Luego vinieron los diálogos de la Catedral y más tarde las negociaciones en las llamadas mesas de San Andrés, pero los acuerdos no llegaron a concretarse en las leyes mexicanas (Villafuerte y Montero, 2006)
En diversas administraciones se ha señalado que existe una deuda historia con la población indígena, actualmente nuestro país ha reformó el artículo 1 de la Constitución en 2011, de acuerdo con ella, las obligaciones internacionales de derechos humanos contraídas por México son directamente aplicables en todos los niveles de la estructura federal y se deben respetar y garantizar en las legislaciones, políticas públicas y sentencias judiciales. Estas obligaciones incluyen los tratados internacionales de derechos humanos en los cuales México es parte; el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169), de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por México en 1990; la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, ratificada por México en 1975; la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por México en 1981, y su interpretación mediante la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Las Reformas ampliaron las posibilidades para las y los operadores de justicia de tomar en cuenta los diversos tratados internacionales en la materia para proteger de manera integral los derechos colectivos e individuales de todas las personas, lo que incluye a las mujeres indígenas .La lucha ha sido ardua, en el sentido de que en todo levantamiento social indígena, se cuenta con la participación de mujeres que buscan el reconocimiento de sus derechos con una perspectiva, no solo de derechos humanos o género, sino intercultural.
Hoy, la lucha es dialogo y movilización, la Constitución federal reconoce y garantiza los Derechos de los Pueblos Indígenas, que son una parte de México, sin embargo el reclamo actual es: necesitamos acciones, no más leyes.